VIGILANTES DE SEGURIDAD
Normativa oficial
Legislación de
Seguridad Privada
Toda la normativa legal vigente para vigilantes de seguridad en España. Leyes, reglamentos y normativa del BOE actualizados.
18
Normas
2026
Actualizado
207k
Vigilantes
BOE Oficial
Aviso legal: Esta página recoge información orientativa sobre la normativa vigente. Consulta siempre el texto oficial en el BOE antes de tomar decisiones legales o profesionales.
Ley Principal de Seguridad Privada
Marco normativo fundamental que regula el sector desde 2014
Ley 5/2014
Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada
Norma marco que regula la prestación de servicios de seguridad privada y las actividades compatibles con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. Establece los requisitos para empresas, personal y actividades.
BOE núm. 83, 5 de abril de 2014 116 artículos Vigente
Artículos clave para vigilantes
Art. 28
Vigilantes de seguridad
Define las funciones y el ámbito de actuación del vigilante de seguridad, incluyendo controles de acceso, rondas y protección de personas y bienes.
Art. 30
Escoltas privados
Regula la actividad de escolta privado, sus funciones de protección de personas y la necesidad de autorización específica del Ministerio del Interior.
Art. 35
Habilitación del personal
Establece los requisitos de habilitación (TIP), formación previa y condiciones para ejercer como personal de seguridad privada.
Art. 57-77
Régimen sancionador
Define las infracciones leves, graves y muy graves, y las sanciones económicas aplicables a empresas y personal de seguridad privada.
Reglamento de Seguridad Privada
Desarrollo reglamentario de la Ley 5/2014 y normativa anterior
RD 2364/1994
Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre — Reglamento de Seguridad Privada
Reglamento principal que desarrolla la organización y funcionamiento de las empresas de seguridad, el personal, los medios materiales y los servicios de seguridad privada. Aún en vigor en muchos aspectos.
BOE núm. 8, 10 de enero de 1995 Parcialmente vigente
RD 2487/1998
Real Decreto 2487/1998 — Aptitud psicofísica del personal de seguridad privada
Establece los requisitos psicofísicos y de aptitud que debe acreditar el personal de seguridad privada para obtener y mantener la habilitación profesional.
BOE núm. 284, 27 de noviembre de 1998 Vigente
Orden INT/318/2011
Orden INT/318/2011 — Uniformidad, distintivos y medios del personal de seguridad privada
Regula los uniformes, identificaciones, distintivos y medios de defensa que puede utilizar el personal de seguridad privada en el ejercicio de sus funciones.
BOE núm. 41, 17 de febrero de 2011 Vigente
Habilitación TIP
Tarjeta de Identificación Profesional — requisitos y tramitación
TIP obligatorio: Ninguna persona puede ejercer como vigilante de seguridad sin disponer del TIP expedido por la Dirección General de la Policía (Ministerio del Interior).
Requisitos para obtener el TIP
RequisitoDetalle
NacionalidadEspañol, ciudadano UE o con residencia legal en España
Edad mínima18 años cumplidos
Titulación académicaGraduado en ESO o equivalente
Antecedentes penalesSin condenas por delitos dolosos — Certificado de antecedentes
Aptitud psicofísicaReconocimiento médico y pruebas psicotécnicas (RD 2487/1998)
FormaciónCurso de vigilante de seguridad homologado (mín. 260h para VS)
Prueba de aptitudExamen oficial convocado por el Ministerio del Interior
Categorías de habilitación TIP
CategoríaDenominaciónCódigo
VSVigilante de SeguridadVS-XXXXX
VS-AVigilante de Seguridad con armasVSA-XXXXX
EPEscolta PrivadoEP-XXXXX
JEJefe de EquipoJE-XXXXX
JSJefe de SeguridadJS-XXXXX
DSDirector de SeguridadDS-XXXXX
DPDetective PrivadoDP-XXXXX
Orden INT/314/2011
Orden INT/314/2011 — Formación del personal de seguridad privada
Establece los programas y contenidos mínimos de formación para cada especialidad de seguridad privada, así como los centros autorizados para impartirla.
BOE núm. 41, 17 de febrero de 2011 Vigente
Normativa de Armas y Armamento
Regulación del uso y tenencia de armas por el personal de seguridad
RD 137/1993
Real Decreto 137/1993, de 29 de enero — Reglamento de Armas
Regula la fabricación, importación, exportación, comercio, tenencia y uso de armas en España. Aplicable a la seguridad privada en lo relativo al uso de armas reglamentarias por vigilantes armados.
BOE núm. 55, 5 de marzo de 1993 Modificado
Armas reglamentarias en seguridad privada
TipoCategoríaUso permitido
Pistola reglamentariaCategoría 1ªVigilantes armados con habilitación VSA
Defensa (porra)Categoría 6ªTodos los vigilantes de seguridad
EsposasMedio de contenciónTodos los vigilantes de seguridad
Spray de defensaCategoría 6ªSegún servicio y empresa
Protección de Datos y Videovigilancia
Normativa aplicable al tratamiento de datos en seguridad privada
RGPD + LOPDGDD
Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD)
Marco europeo y español de protección de datos. Aplicable a las cámaras de videovigilancia, registros de acceso, ficheros de trabajadores y cualquier tratamiento de datos personales en los servicios de seguridad.
Vigente
Instrucción 1/2006 AEPD
Instrucción 1/2006 de la AEPD — Videovigilancia
Regula el tratamiento de imágenes captadas por cámaras de videovigilancia. Establece los requisitos de señalización, conservación de imágenes (máx. 30 días), acceso y derechos de los interesados.
Vigente
Normativa Laboral
Convenio colectivo y legislación laboral específica del sector
VII Convenio
VII Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad
Convenio colectivo que regula las condiciones laborales, salariales y de trabajo del personal de seguridad privada en España. Incluye tablas salariales, jornada, vacaciones y otros derechos laborales.
Vigencia 2023-2026 Vigente
ET + LISOS
Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) y Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social
Marco laboral general aplicable a todos los trabajadores, incluidos los de seguridad privada. Regula contratos, jornada, despidos, sanciones disciplinarias y derechos fundamentales.
Vigente
Infracciones y Sanciones
Régimen sancionador de la Ley 5/2014 (arts. 57 a 77)
TipoEjemplosSanción (empresas)Sanción (personal)
Leve Defectos formales en documentación, retrasos en comunicaciones Hasta 600 € Hasta 300 €
Grave Prestar servicios sin contrato, exceso de armas, incumplimiento de uniformidad 601 € – 30.000 € 301 € – 3.000 €
Muy grave Actuar sin habilitación, uso indebido de armas, colaborar con delincuentes 30.001 € – 600.000 € 3.001 € – 30.000 €

Además de las sanciones económicas, las infracciones graves y muy graves pueden conllevar la suspensión o retirada de la habilitación TIP.

Normativa Autonómica
Regulaciones específicas de cada comunidad autónoma
Nota: La seguridad privada es competencia estatal. Las CCAA pueden desarrollar algunos aspectos específicos como centros de formación y coordinación con policías autonómicas.
ComunidadOrganismo competenteParticularidades
CataluñaMossos d'EsquadraCoordinación con policía autonómica, centros de formación propios
País VascoErtzaintzaErtzaintza coordina con vigilantes en grandes eventos
MadridDelegación del GobiernoMayor concentración de empresas y vigilantes de España
AndalucíaSubdelegaciones del GobiernoNormativa específica para vigilantes de playas y puertos
ValenciaSubdelegaciones del GobiernoAcuerdos específicos con Port Autoritat de Valencia
¿Detectas alguna normativa desactualizada?
La legislación cambia. Si detectas alguna norma desactualizada, avísanos en el foro o escríbenos.